En el ámbito académico existen recursos para el mejoramiento del rendimiento, como la atención presencial individualizada en temas de organización del tiempo, técnicas de estudio y situación académica. Para solicitar una cita, puede escribir al correo orientacion.ssur@ucr.ac.cr
Artículo 36 – Plan de Acción Individual (PAI)
¿Qué es?
Es un mecanismo del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil que permite que un/a estudiante en condición de rezago solicite un Plan de Acción Individual para un curso que ha perdido dos o más veces.
¿Cuándo solicitarlo?
Dentro de los primeros 5 días hábiles después de matricular el curso en:
- Matrícula ordinaria
- Inclusión
- Aprovechamiento
Requisitos
Enviar una carta formal dirigida a la Dirección de la Escuela que incluya:
- Solicitud expresa de acogerse al PAI por Art. 36.
- Número de veces que se ha llevado y reprobado el curso.
- Razones de los intentos anteriores sin éxito.
- Número de grupo y nombre del profesor actual.
- Adjuntar copia actualizada del expediente académico.
Modo de envío
- En formato físico, o
- En PDF al correo de la unidad académica.
¿Qué sucede después?
La Dirección evaluará la solicitud y definirá un PAI que establecerá:
- Actividades académicas para realizar.
- Compromisos del estudiante.
- Apoyos o ajustes necesarios.
- Seguimiento durante el ciclo lectivo.
Licda. Erika Elizondo Mora
Vocacional, Ocupacional, Académico, Accesibilidad y Desarrollo Personal
